La Renta Líquida Imponible de Primera Categoría se determina, en ambos casos, a partir del balance general de la empresa, observando el siguiente esquema tributario:

Ingresos Brutos, excepto los Ingresos no Constitutivos de Renta  Artículo 29 (+)
Menos: Costo de Ventas o Servicios Artículo 30 (-)
Menos: Gastos Necesarios para Producir la Renta Artículo 31   (-)
Ajustes a la Renta Líquida Imponible, según normas Artículo 41  Artículo 32 (+/-)
Ajustes por Agregados y Deducciones Artículo 33 (+/-)
Renta Líquida Imponible de Primera Categoría    (=)

La renta liquida imponible es la base del calculo del impuesto de primera categoría y es el que en definitiva se declara anualmente en la declaración de impuesto a la renta F22